Disposición transitoria única. Adecuación de museos y colecciones.
Disposición transitoria única de la Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria. · BOE-A-2001-23922
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-29.
Texto consolidado
Los museos y colecciones existentes a la entrada en vigor de la presente Ley dispondrán de un plazo de dos años para adecuarse a lo dispuesto en la misma. Transcurrido dicho plazo podrá, en su caso, iniciarse expediente de revocación de la autorización por incumplimiento de las condiciones legalmente exigidas.