Disposición transitoria única. Ejercicio de las competencias del Instituto Valenciano de Estadística hasta su puesta en funcionamiento.
Disposición transitoria única de la Ley 5/1990, de 7 de junio, de Estadística de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1990-18410
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Las competencias asignadas por la presente ley continuarán siendo ejercidas por los órganos de la administración de la Generalitat que actualmente ostentan competencias inherentes a las mismas hasta la efectiva puesta en funcionamiento del Instituto Valenciano de Estadística con la aprobación de su Estatuto.#a1-26