Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única de la Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2003-9449
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-09.
Texto consolidado
Los convenios o acuerdos firmados previamente por la Consejería de Economía, Industria y Comercio o cualquier otra Consejería de la Junta de Extremadura en materia de estadística continuarán rigiéndose por su propia normativa.