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Ley Vigente 2 redacciones

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única de la Ley 13/2003, de 4 de abril, de Educación y Formación Permanente de Personas Adultas de Canarias. · BOE-A-2003-11271

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-24.

Texto consolidado

Los Centros de Educación de Personas Adultas continuarán realizando las acciones formativas actuales, hasta que la consejería competente en materia de educación desarrolle las normas previstas en esta Ley, o bien adapte e integre el marco reglamentario actual con la misma.

El centro autorizado de Educación de Personas Adultas "Radio ECCA", mantendrá el concierto educativo en vigor, hasta tanto el Gobierno de Canarias desarrolle la disposición adicional séptima de la presente ley, siempre que se cumpla con la normativa regulatoria del concierto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-12-24.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 8/2025, de 16 de diciembre, de Universidades Populares de Canarias..

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