Disposición transitoria única. Régimen transitorio para los procedimientos de contratos.
Disposición transitoria única del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón. · BOA-d-2008-90036
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-04.
Texto consolidado
La aplicación de la tramitación de urgencia a los contratos a que se refiere el artículo 4 del presente Decreto-Ley será de aplicación a aquéllos cuya tramitación se inicie a partir de su entrada en vigor.