Disposición transitoria undécima. Inscripción en el Catálogo de montes de utilidad pública.
Disposición transitoria undécima de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. · BOE-A-2012-11414
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-12.
Texto consolidado
Todos los montes que hubieran sido declarados de utilidad pública con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley y continuasen manteniendo las características exigidas para los montes de utilidad pública, así como los actos de permuta, prevalencia o cualquier otro que pueda afectar a su situación, habrán de inscribirse en el Catálogo de montes de utilidad pública en el plazo de un año desde su entrada en vigor.