Disposición transitoria undécima. Plazo de desarrollo de los nuevos Entes Públicos.
Disposición transitoria undécima de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988. · BOE-A-1987-28404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-01-01.
Texto consolidado
Todos los actos derivados de lo dispuesto en el artículo ciento veintisiete y ciento veintiocho de esta Ley, incluyendo el ejercicio de la facultad de opción concedida al personal del Instituto de Crédito Oficial y Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, se llevarán a cabo en el plazo de tres meses a partir del 1 de enero de 1988 o, en su caso, desde la fecha en que sea posible el ejercicio de esa opción.