Disposición transitoria tercera. Entrada en vigor para los miembros de la Guardia Civil.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 682/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Cruz a la Constancia en el Servicio. · BOE-A-2002-15090
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-26.
Texto consolidado
Con independencia de lo que establezca la disposición final segunda, el presente Real Decreto se aplicará a los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil, a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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