Disposición transitoria tercera. Laboratorios Nacionales de Referencia para la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 568/2024, de 18 de junio, por el que se crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública. · BOE-A-2024-12379
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-20.
Texto consolidado
Los laboratorios que a la entrada en vigor de este real decreto estén realizando alguna de las funciones previstas en el artículo 27 en un determinado campo de referencia continuarán desempeñándolas hasta la designación del LNR en dicho campo, según los criterios definidos en este real decreto y sin perjuicio de los laboratorios que ya tengan normativa propia, sin perjuicio de las competencias ya atribuidas a otros órganos de la Administración General del Estado.
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