Disposición transitoria tercera. Régimen de funcionamiento de la Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y se modifica el Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal. · BOE-A-2024-3790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-28.
Texto consolidado
La Comisión de Publicidad y Comunicación Institucional continuará funcionando con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General del Estado, hasta tanto no se lleve a cabo la adaptación de dicho real decreto a las nuevas estructuras de la Presidencia del Gobierno y de los departamentos ministeriales establecidas, respectivamente, en el Real Decreto 890/2023, de 27 de noviembre, y en el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre.
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