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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria tercera. Mantenimiento de las retribuciones complementarias.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función. · BOE-A-2010-884

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-21.

Texto consolidado

Si la confirmación o la adscripción con carácter no voluntario, consecuencia del proceso de acoplamiento previsto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, determinase una disminución de las retribuciones complementarias fijas, los funcionarios del Cuerpo de Secretarios Judiciales continuarán percibiendo éstas conforme al Real Decreto 1130/2003, en tanto no se produzca un cambio voluntario a un puesto de trabajo en el que el importe de las retribuciones complementarias fijas asignadas por el presente real decreto sea superior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-01-21.

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