Disposición transitoria tercera. Datos comunicados directamente al Registro de empresas de ventas a distancia.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-14.
Texto consolidado
Los datos comunicados directamente a este Registro se incorporarán al mismo de manera automática, y se pondrán a disposición de las comunidades autónomas de forma que se garantice que puedan disponer de un censo actualizado de las mismas. Se procederá de igual manera con las modificaciones sobre los datos que se comuniquen directamente al Registro de empresas de ventas a distancia.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 200/2010, de 26 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1882/1978, de 26 de julio, sobre canales de comercialización de productos agropecuarios y pesqueros para la alimentación y el Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el Registro de empresas de ventas a distancia, para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.