Disposición transitoria tercera. Calificación de las explotaciones existentes.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas. · BOE-A-2004-12011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-07-16.
Texto consolidado
Se concederá un plazo de 18 meses, a partir de la aprobación del programa sanitario básico por la autoridad competente, para la calificación de las explotaciones de selección, multiplicación y los centros de inseminación artificial.