Disposición transitoria tercera. Ampliación progresiva del número de plazas de Académico Numerario y Correspondiente.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 1113/2020, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de España. · BOE-A-2020-16258
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-17.
Texto consolidado
La ampliación del número de plazas de Académico Numerario y Correspondiente necesaria para alcanzar lo dispuesto en el artículo 4 de los Estatutos se realizará de modo gradual en los seis cursos académicos que sigan a la entrada en vigor de los presentes Estatutos, procediéndose del siguiente modo:
a) Primer, tercer y quinto cursos. Una plaza de Numerario y tres de Correspondiente en cada una de las tres Secciones.
b) Segundo y cuarto cursos. Dos plazas de Numerario y cuatro de Correspondiente en la Sección de Ciencias Físicas y Químicas y una plaza de Numerario y cuatro de Correspondiente en la Sección de Ciencias Naturales.
c) Sexto curso. Tres plazas de Correspondiente en la Sección de Ciencias Matemáticas, una plaza de Numerario y cinco de Correspondiente en la Sección de Ciencias Físicas y Químicas y dos de Numerario y tres de Correspondiente en la Sección de Ciencias Naturales.