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Orden Vigente

Disposición transitoria tercera. Transición entre planes de estudios, como consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Disposición transitoria tercera de la Orden EFP/824/2023, de 19 de julio, por la que se regula la ordenación de la enseñanza de Bachillerato para personas adultas y se establecen las características de la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. · BOE-A-2023-16816

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-22.

Texto consolidado

1. La incorporación a las enseñanzas recogidas en esta orden por parte del alumnado que haya cursado y superado determinadas materias de Bachillerato en el sistema que se extingue se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 205/2023, de 28 de marzo, por el que se establecen medidas relativas a la transición entre planes de estudios, como consecuencia de la aplicación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. No obstante lo anterior, se tendrá en cuenta la flexibilización en la ordenación curricular de las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas en los términos recogidos en el anexo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-07-22.

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