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Ley Foral Vigente

Disposición transitoria tercera. Obligación de colegiación.

Disposición transitoria tercera de la Ley Foral 18/2019, de 4 de abril, sobre acceso y ejercicio de las profesiones del deporte en Navarra. · BOE-A-2019-6778

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-12.

Texto consolidado

La colegiación obligatoria para el ejercicio de la profesión del deporte, prevista en su caso en la legislación estatal correspondiente, solo será exigible a partir del momento en que la correspondiente profesión disponga de su organización colegial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-12.

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