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Ley Foral Vigente

Disposición transitoria tercera. Devengo del recurso cameral no prescrito.

Disposición transitoria tercera de la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra. · BOE-A-2015-4953

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

Sin perjuicio de la supresión del recurso cameral permanente, ello no alterará la exigibilidad de las cuotas del citado recurso no prescritas, devengadas con arreglo a la norma que se deroga.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

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