Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Ley 9/1991, de 27 de noviembre, reguladora del canon de saneamiento de aguas. · BOE-A-1992-1470
Atención: Ley 9/1991 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los Ayuntamientos adecuarán sus ordenanzas fiscales inmediatamente después de la promulgación de la presente Ley, para hacer efectivo lo que dispone su artículo 10.1. A tal efecto, el Gobierno de la Comunidad Autónoma les prestará el asesoramiento técnico y jurídico correspondiente.