Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de las actuaciones de renovación y modernización turística.
Disposición transitoria tercera de la Ley 5/2021, de 21 de diciembre, de medidas urgentes de impulso de los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias. · BOE-A-2022-2543
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-28.
Texto consolidado
1. Las actuaciones de renovación y modernización turística a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 6 respecto de las que se hubiera iniciado el procedimiento para su legitimación con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley continuarán su tramitación conforme a la normativa vigente en el momento de presentación de la solicitud.
2. No obstante, la persona interesada podrá desistir de dicha solicitud y legitimar la actuación a través de la declaración responsable y la comunicación previa previstas en los apartados 1 y 2 del artículo 6 de esta ley, pudiendo hacer referencia en las mismas a la documentación ya presentada.
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