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Ley Vigente

Disposición transitoria tercera. Mantenimiento y disolución de los órganos de gobierno de la Cámara Agraria extinguida.

Disposición transitoria tercera de la Ley 5/2008, de 13 de noviembre, por la que se extingue la Cámara Agraria de la Región de Murcia. · BOE-A-2011-2213

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-11-30.

Texto consolidado

Los órganos de gobierno de la Cámara Agraria extinguida se disolverán tan pronto como todos sus bienes y derechos hayan sido inscritos o ingresados a favor de la Administración autonómica.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, si concluidas las operaciones de inscripción e ingreso no se hubiese producido la incorporación efectiva del personal de la Cámara, la disolución de sus órganos de gobierno se retrasará hasta que tal incorporación tenga lugar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-11-30.

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