Disposición transitoria tercera. Comisión de Habilitación.
Disposición transitoria tercera de la Ley 4/2013, de 4 de marzo, de Creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de La Rioja. · BOE-A-2013-3146
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-12.
Texto consolidado
Se creará una Comisión de Habilitación integrada por tres miembros de la Comisión Gestora y tres miembros de la UNED-La Rioja, designados por la consejería competente en Educación. La Comisión de Habilitación tendrá sus normas de funcionamiento interno, aprobadas por sus propios miembros, y podrá habilitar a los profesionales que soliciten su incorporación al Colegio, no cumplan los requisitos del artículo 3 y satisfagan alguno de los supuestos contemplados en la disposición transitoria cuarta.