Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera de la Ley 4/1994, de 24 de mayo, de Archivos y Patrimonio Documental de La Rioja. · BOE-A-1994-13807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-06-17.
Texto consolidado
En tanto no se determine normativamente el procedimiento para la eliminación de documentos, queda prohibida la destrucción de los documentos a que se refiere la presente Ley.