Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda de la Ley 4/1994, de 24 de mayo, de Archivos y Patrimonio Documental de La Rioja. · BOE-A-1994-13807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-06-17.
Texto consolidado
Las personas a que se refiere el artículo 26.4 tendrán el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de esta Ley, para realizar la primera de las comunicaciones establecidas en dicho artículo.