Disposición transitoria tercera. Planes Técnicos de Caza.
Disposición transitoria tercera de la Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6877
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-01.
Texto consolidado
Los Planes Técnicos de Caza aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley mantendrán su vigencia hasta que finalice el plazo establecido en la correspondiente resolución aprobatoria. Sus revisiones se realizarán de acuerdo con lo establecido en el artículo 57 para los Planes de Ordenación Cinegética.