Disposición transitoria tercera. Contratación de inversiones por parte de las entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles estatales.
Disposición transitoria tercera de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012. · BOE-A-2012-8745
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-07-01.
Texto consolidado
Las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles estatales a que se refiere la disposición adicional cuadragésima primera que a 30 de junio de 2012 excedan los límites fijados en la citada disposición someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, antes del 30 de septiembre de 2012, de una propuesta de reestructuración que permita el diferimiento de los límites contraídos.