Disposición transitoria tercera. Inventario Forestal.
Disposición transitoria tercera de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-19108
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-30.
Texto consolidado
Hasta tanto no se apruebe el Inventario Forestal de Madrid, se utilizarán, a los efectos establecidos en esta Ley, los datos e informaciones del Inventario Forestal Nacional precedente o los que, en base a éste, estén actualizados o sean un avance del nuevo.