El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Disposición transitoria tercera. Integración de funcionarios de la Policía Local.

Disposición transitoria tercera de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales. · BOE-A-2002-548

Atención: Ley 13/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los dos años de la entrada en vigor de la presente Ley, los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local que carezcan de la titulación académica requerida para la escala o categoría a la que pertenecen se clasificarán en el correspondiente nuevo grupo como situación a extinguir, con respeto de sus derechos, permaneciendo en dicha situación hasta que acrediten haber obtenido los nuevos niveles de titulación exigidos en cada caso.

La integración de los funcionarios de Policía Local prevista en esta Ley, que tenga como consecuencia un cambio de grupo, se llevará a efecto de modo que no suponga incremento de gasto público ni modificación del cómputo anual de las retribuciones totales.

En estos casos se pasará a percibir el sueldo base correspondiente del nuevo grupo de titulación, pero el exceso sobre el grupo anterior se deducirá de sus retribuciones complementarias, preferentemente del concepto de productividad si lo hay, referidas ambas a catorce mensualidades, de forma que se perciban idénticas remuneraciones globales respecto a la situación anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-04.

Más artículos de Ley 13/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 13/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.