Disposición transitoria tercera. Aplicación de las normas autonómicas del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Disposición transitoria tercera de la Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos. · BOE-A-2017-13750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-01.
Texto consolidado
(Derogada).
Téngase en cuenta que esta derogación entra en vigor desde el 1 de enero de 2018, según establece la disposición final única de la citada Ley, en la redacción dada por el art. 2 de la Ley 2/2020, de 30 de enero. Ref. BOE-A-2020-1939
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Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-1917.
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