Disposición transitoria tercera. Convocatoria del órgano plenario.
Disposición transitoria tercera de la Ley 10/2008, de 10 de octubre, de creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales del País Vasco. · BOE-A-2011-14354
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-10-25.
Texto consolidado
1. Pasados nueve meses desde la apertura del periodo de colegiación, la Comisión Gestora convocará el órgano plenario del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales del País Vasco, al objeto de proceder a la elección de los miembros integrantes de los órganos de gobierno.
2. La constitución de los órganos de gobierno será publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco».