Disposición transitoria tercera. Escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aplicable en los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022.
Disposición transitoria tercera del Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos. · BOJA-b-2018-90363
Atención: Decreto Legislativo 1/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. En el período impositivo 2019, la escala autonómica aplicable a la base liquidable general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:
Base Liquidable
–
Hasta euros
Cuota Íntegra
–
Euros
Resto Base Liquidable
–
Hasta euros
Tipo aplicable
–
Porcentaje
0,00
0,00
12.450,00
9,75%
12.450,00
1.213,88
7.750,00
12,00%
20.200,00
2.143,88
7.800,00
15,00%
28.000,00
3.313,88
7.200,00
16,20%
35.200,00
4.480,28
14.800,00
18,90%
50.000,00
7.277,48
10.000,00
19,30%
60.000,00
9.207,48
60.000,00
23,30%
120.000,00
23.187,48
en adelante
24,90%
2. En el período impositivo 2020, la escala autonómica aplicable a la base liquidable general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:
Base Liquidable
–
Hasta euros
Cuota Íntegra
–
Euros
Resto Base Liquidable
–
Hasta euros
Tipo aplicable
–
Porcentaje
0,00
0,00
12.450,00
9,50%
12.450,00
1.182,75
7.750,00
12,00%
20.200,00
2.112,75
7.800,00
15,00%
28.000,00
3.282,75
7.200,00
15,90%
35.200,00
4.427,55
14.800,00
18,80%
50.000,00
7.209,95
10.000,00
19,10%
60.000,00
9.119,95
60.000,00
23,10%
120.000,00
22.979,95
en adelante
24,30%
3. En el período impositivo 2021, la escala autonómica aplicable a la base liquidable general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:
Base Liquidable
–
Hasta euros
Cuota Íntegra
–
Euros
Resto Base Liquidable
–
Hasta euros
Tipo aplicable
–
Porcentaje
0,00
0,00
12.450,00
9,50%
12.450,00
1.182,75
7.750,00
12,00%
20.200,00
2.112,75
7.800,00
15,00%
28.000,00
3.282,75
7.200,00
15,60%
35.200,00
4.405,95
14.800,00
18,70%
50.000,00
7.173,55
10.000,00
18,90%
60.000,00
9.063,55
60.000,00
22,90%
120.000,00
22.803,55
en adelante
23,70%
4. En el período impositivo 2022, la escala autonómica aplicable a la base liquidable general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será la siguiente:
Base Liquidable
–
Hasta euros
Cuota Íntegra
–
Euros
Resto Base Liquidable
–
Hasta euros
Tipo aplicable
–
Porcentaje
0,00
0,00
12.450,00
9,50%
12.450,00
1.182,75
7.750,00
12,00%
20.200,00
2.112,75
7.800,00
15,00%
28.000,00
3.282,75
7.200,00
15,30%
35.200,00
4.384,35
14.800,00
18,60%
50.000,00
7.137,15
10.000,00
18,70%
60.000,00
9.007,15
60.000,00
22,70%
120.000,00
22.627,15
en adelante
23,10%
Se añade por el art. único.7 del Decreto-ley 1/2019, de 9 de abril. Ref. BOJA-b-2019-90438
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