Disposición transitoria sexta. Plan General de Viabilidad.
Disposición transitoria sexta del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores. · BOE-A-2015-11435
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-13.
Texto consolidado
El Plan General de Viabilidad previsto en el artículo 193.2 f) resultará exigible a las entidades transcurridos seis meses desde que se complete el desarrollo reglamentario en que se especificará su contenido.
Más artículos de Real Decreto Legislativo 4/2015
- ← Disposición transitoria quinta. Régimen transitorio de las sociedades cuyas acciones estén siendo negociadas exclusiv…
- → Disposición transitoria séptima. Convenio de Colaboración entre la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Banc…
- Ver la norma completa: Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.