Disposición transitoria sexta. Retribución de instalaciones de transporte primario no troncal adjudicadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto.
Disposición transitoria sexta del Real Decreto 984/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el mercado organizado de gas y el acceso de terceros a las instalaciones del sistema de gas natural. · BOE-A-2015-11725
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-01.
Texto consolidado
Aquellas instalaciones de transporte primario no troncal adjudicadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto serán retribuidas según la metodología dispuesta en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, incluido lo establecido en el anexo XI «Metodología de cálculo de la retribución de las actividades de transporte, regasificación y almacenamiento básico».
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