Disposición transitoria sexta. Procedimientos sancionadores ya iniciados.
Disposición transitoria sexta de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra. · BOE-A-2010-8618
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-17.
Texto consolidado
A los procedimientos sancionadores ya iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley Foral no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior excepto en aquello que favorezca al presunto infractor.
Más artículos de Ley Foral 10/2010
- ← Disposición transitoria quinta. Condiciones de acceso a viviendas protegidas en alquiler destinadas a mayores de 65 a…
- → Disposición transitoria séptima. Precios máximos de adjudicación o venta y renta de las viviendas protegidas con soli…
- Ver la norma completa: Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.