Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio aplicable al personal estatutario que se encuentra en situación de prolongación de permanencia en el servicio.
Disposición transitoria sexta de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. · BOE-A-2013-2685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
En el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, todas aquellas prolongaciones de la permanencia en el servicio activo concedidas al personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, serán revisadas, conforme a los criterios fijados en el artículo 48 de esta ley.