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Ley Vigente

Disposición transitoria quinta. Adaptación de las ordenanzas municipales.

Disposición transitoria quinta de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. · BOE-A-2013-2685

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

Texto consolidado

Los Ayuntamientos deberán proceder a la adaptación de sus ordenanzas a la modificación de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, contenida en el artículo 13 de la presente ley en el plazo máximo de tres meses desde su entrada en vigor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

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