Disposición transitoria sexta.
Disposición transitoria sexta de la Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja. · BOE-A-2000-20554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.
Texto consolidado
Aquellas autorizaciones cuyo plazo de vencimiento fuera anterior a la entrada en vigor de esta modificación, dispondrán de un plazo de 3 meses para solicitar su renovación conforme a la presente Ley.