Disposición transitoria sexta. Constitución de órganos colegiados.
Disposición transitoria sexta de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. · BOE-A-2003-21340
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-11-23.
Texto consolidado
En tanto se constituyen los órganos colegiados a que se refieren los artículos 27 a 30 de esta ley, las funciones que a los mismos se les atribuyen serán desempeñadas por las comisiones y consejos existentes con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma.
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