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Ley Vigente

Disposición transitoria sexta. Señalización e identificación.

Disposición transitoria sexta de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.

Texto consolidado

En el plazo de tres meses a contar desde el día de entrada en vigor de la presente Ley, las oficinas de farmacia deberán proceder a hacer efectivo el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 16 y 38 b), respecto a la identificación del personal y la señalización de la farmacia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-23.

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