Disposición transitoria sexta. Acreditación de la habitabilidad.
Disposición transitoria sexta de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo. · BOE-A-2014-6438
Atención: Ley 2/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La habitabilidad de las edificaciones de uso residencial se debe acreditar de acuerdo con las previsiones de la normativa sectorial aplicable.