El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria sexta. Continuidad de las actuales funciones delegadas.

Disposición transitoria sexta de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales. · BOE-A-2012-539

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-31.

Texto consolidado

Los colegios y, en su caso, consejos que a la entrada en vigor de la presente ley tuvieren asumidas funciones administrativas delegadas continuarán en el ejercicio de dichas funciones en iguales términos y alcance, en tanto no se disponga lo contrario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-12-31.

Más artículos de Ley 18/1997

En El Vínculo puedes leer Ley 18/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.