Disposición transitoria sexta. Nuevas funciones de Red Eléctrica de España, S. A. en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.
Disposición transitoria sexta de la Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. · BOE-A-2007-13024
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-06.
Texto consolidado
En el plazo de cuatro meses desde la publicación de la presente Ley, Red Eléctrica de España, S. A. pasará a realizar todas las funciones asignadas al operador del mercado en relación con la liquidación y comunicación de los pagos y cobros correspondientes a los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares, así como la recepción de las garantías que en su caso procedan.
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