Disposición transitoria sexta. Plazo para la transformación de la Federación Catalana de Deportes para Todos en la Unión de Agrupaciones Deportivas de Cataluña.
Disposición transitoria sexta de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. · BOE-A-2012-547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
La Federación Catalana de Deportes para Todos debe tomar la decisión a la que se refiere la disposición adicional décima del texto único de la Ley del deporte, creada por el artículo 40, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley.
Más artículos de Ley 10/2011
- ← Disposición transitoria quinta. Adaptación de las fianzas constituidas por los titulares de explotaciones mineras.
- → Disposición transitoria séptima. Condiciones de acreditación exigibles a las entidades de servicios sociales.
- Ver la norma completa: Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa.