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Ley Vigente

Disposición transitoria sexta. Prestación de los servicios.

Disposición transitoria sexta de la Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears. · BOE-A-2005-12950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-03.

Texto consolidado

Para los titulares de concesiones de puertos deportivos vigentes en la entrada en vigor de esta ley, la exigencia de licencia para la prestación de servicios portuarios no será efectiva hasta el día 31 de diciembre de 2005.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-03.

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