Disposición transitoria sexta.
Disposición transitoria sexta del Decreto Legislativo 4/2023, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Cuerpos Docentes de la Enseñanza no Universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2023-23219
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-10-14.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley y conforme a las prescripciones establecidas en la misma, analizará y clasificará las funciones de sus puestos de trabajo docentes, determinando los que correspondan a funcionarios y a personal laboral. En el mismo plazo elaborará y aprobará las relaciones de puestos de trabajo.