Disposición transitoria séptima. Régimen transitorio de las obras ya encomendadas al SMC.
Disposición transitoria séptima del Real Decreto 924/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa. · BOE-A-2015-11161
Atención: Real Decreto 924/2015 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las obras encomendadas al SMC por otros órganos de la Administración con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, continuará ejecutándolas el INVIED hasta su finalización con los criterios utilizados por el SMC en función de las especialidades y desarrollo de la obra.
2. Las delegaciones de facultades realizadas por el Director Gerente del SMC continuarán vigentes y se entenderán efectuadas por el Director Gerente del INVIED hasta que se dicten otras nuevas.
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