Disposición transitoria séptima. Adaptación de contadores tipo 4.
Disposición transitoria séptima del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. · BOE-A-2019-5089
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-07.
Texto consolidado
Los puntos de medida tipo 4 deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el artículo 9 del Reglamento unificado de puntos de medidas aprobado por el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, en el plazo 4 años desde la aprobación de este real decreto.
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