Disposición transitoria séptima. Reglamentos técnicos de seguridad industrial.
Disposición transitoria séptima de la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial. · BOE-A-2008-14194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-08-09.
Texto consolidado
Hasta que el Gobierno no apruebe los reglamentos técnicos de seguridad industrial, en cuanto a las especificaciones técnicas de seguridad relativas a las actividades y las instalaciones industriales son de aplicación los reglamentos correspondientes a la normativa estatal en materia de seguridad industrial en todo aquello que no entre en contradicción con lo establecido por la presente Ley y la normativa que la desarrolle.