Disposición transitoria séptima. Consejo de Caza de Aragón y consejos provinciales de caza.
Disposición transitoria séptima de la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón. · BOE-A-2015-5291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-14.
Texto consolidado
Hasta que se proceda a la aprobación de la nueva regulación de la composición y funcionamiento del Consejo de Caza de Aragón y de los consejos provinciales de caza de Aragón prevista en el artículo 73, se aplicará lo previsto en el Decreto 42/1986, de 14 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se crean los Consejos de Caza de Aragón y se regula su funcionamiento y competencia.