Disposición transitoria séptima.
Disposición transitoria séptima del Decreto 1867/1970, de 9 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 116/1969, de 30 de diciembre, por la que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. · BOE-A-1970-748
Atención: Decreto 1867/1970 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. A partir de la entrada en vigor de este Régimen, el Instituto Social de la Marina se hará cargo de las prestaciones reconocidas por las Entidades que en él se integran, las que serán satisfechas en iguales cuantías y plazo en que actualmente vienen siendo abonadas.
2. El Instituto Social de la Marina, con la colaboración de la Organización Sindical, comprobará la correcta adscripción de los trabajadores a este Régimen Especial.
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