Disposición transitoria segunda. Generadores de números aleatorios homologados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Resolución.
Disposición transitoria segunda de la Resolución de 31 de octubre de 2018, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se modifican determinadas resoluciones sobre las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. · BOE-A-2018-15298
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-30.
Texto consolidado
Los cambios que se deban realizar en los sistemas de generación de números aleatorios para hacerlos criptográficamente fuertes tienen consideración de cambio sustancial en el sistema técnico de juego por lo que su puesta en producción necesitará la previa autorización de la Dirección General de Ordenación del Juego tras la presentación del correspondiente informe de certificación en un plazo de nueve meses a contar desde la entrada en vigor de esta Resolución.
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- Ver la norma completa: Resolución de 31 de octubre de 2018, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se modifican determinadas resoluciones sobre las actividades de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.